La Asociación Andaluza del Dolor, en relación con la resolución de la Agencia Tributaria sobre la tributación por parte de los médicos de los gastos de viaje e inscripción en congresos y otras actividades formativas organizados por Sociedades Científicas, abonados por compañías farmacéuticas, como retribución en especie, y, por tanto, sujetas al pago de impuestos, CONSIDERA:
La formación continuada y la actualización de conocimientos es una obligación ética, profesional y jurídicamente exigible a los médicos, para garantizar el mejor tratamiento posible para los pacientes.
Es responsabilidad del empleador, en la mayoría de los médicos en España, la administración sanitaria (Gobierno de España-Ministerio de Sanidad, Comunidades Autónomas, Hospitales), el proporcionar los medios necesarios para promover dichas actividades formativas, tal y como recoge la Ley de garantías y uso racional del Medicamento.
Dichos organismos han hecho, desde hace ya muchos años, dejación casi absoluta de esta obligación para con sus trabajadores y profesionales sanitarios, por lo menos en lo que a aportación económica se refiere. Ante esta dejación, la Asociación Andaluza del Dolor y otras sociedades científicas, depositarias
del conocimiento médico, se han responsabilizado de la organización y realización de actividades formativas, como congresos, cursos, etc. En concreto, la AAD tiene un amplio programa formativo anual, de la máxima calidad científica, como se refleja en la página web de nuestra sociedad. Estos programas
formativos han contribuido enormemente a la gran calidad de la asistencia del sistema sanitario español.
La organización de cursos y congresos conlleva un gasto económico importante, que debería ser financiado por el Ministerio de Sanidad/Comunidades Autónomas, lo que no sucede así. Los propios profesionales no pueden atender a estos gastos, debido al bajo nivel de salarios existentes en la sanidad pública española, en relación con los de otros países desarrollados de nuestro entorno. Hasta ahora, ha sido la industria farmacéutica la que en su mayor parte ha contribuido a la financiación de estas actividades formativas, mediante becas no condicionadas a las sociedades científicas, para sufragar los gastos de participación en congresos y cursos formativos. Actividades que han sido organizadas de forma independiente por las sociedades científicas.
La reciente resolución de la Agencia Tributaria, señalando que el abono de estos gastos debe ser considerado como retribución en especies para el médico, y, por tanto, sujeto a tributación como ingreso en su impuesto de la renta, va a hacer que los médicos dejen de acudir a las actividades formativas, como cursos y congresos médicos, organizadas por las sociedades científicas, poniendo en peligro su formación y, lo que es más importante, provocando un riesgo para sus pacientes, al deteriorarse muy probablemente la calidad asistencial, estrechamente vinculada al mantenimiento de una formación adecuada de los profesionales. Un médico mal formado, no actualizado en sus conocimientos, no es capaz de proporcionar el mejor tratamiento a sus enfermos y, además, produce un aumento del gasto para el sistema.
Aunque esta decisión de Hacienda parece acorde a la normativa legal existente, no se había aplicado hasta la fecha, facilitando el mantenimiento y progreso de un sistema formativo de la máxima calidad y muy beneficioso para los enfermos. ¿Por qué este cambio ahora? Desde la AAD creemos que la decisión, unilateral y arbitrariamente decidida, por la patronal de la industria farmacéutica, Farmaindustria, de atribuir estos gastos a los médicos, proporcionando una relación nominal de estos “teóricos ingresos” por este concepto (ingresos que los médicos no reciben en ningún caso), ha sido la gran responsable de esta resolución.
Esta decisión de Farmaindustria, tomada de forma unilateral, contestada por las sociedades científicas, en aras de un pretendido principio de defensa de la ética y la transparencia (que los médicos y las sociedades científicas compartimos y defendemos, pero no de la forma en que lo entiende Farmaindustria), de publicar datos personales de los médicos sin su consentimiento, supone, en nuestra opinión, y además de la repercusión tributaria ya comentada, un atentado a la intimidad y a los derechos individuales de los médicos, y opuestos a los existentes en otros países europeos de nuestro entorno, más respetuosos con el derecho a la intimidad de las personas.
Por todo ello, desde la Asociación Andaluza del Dolor:
Pedimos al Ministerio de Hacienda la rectificación de esta medida injusta y nociva para los profesionales y para los pacientes.
Solicitamos al Ministerio de Sanidad y a las Comunidades Autónomas, que asuman sus responsabilidades en la formación de los profesionales del SNS y que inste a un cambio en la normativa tributaria para que los gastos en formación médica no sean considerados como ingresos en especie ni sujetos a tributación.
Exigimos a Farmaindustria que retire su imposición, unilateral y lesiva contra el derecho a la intimidad de los médicos, y como se ha visto, para la formación médica continuada, de este apartado de su código ético de publicación individualizada y nominal de aportaciones en gastos de formación.
Nos unimos a todas las sociedades científicas médicas de nuestro país, a su federación (FACME), a la Organización Médica Colegial y a todos los organismos participantes en el Foro de la Profesión Médica, su apoyo en estas medidas, así como la toma de decisiones que las hagan posibles.
Por último, pedimos a los pacientes, a sus asociaciones y a toda la sociedad española en general, que respalden estas iniciativas de sus médicos, representados en las sociedades científicas, cuyo primer y principal objetivo es garantizar la mejor y más actualizada atención de nuestros enfermos.
Junta Directiva de la AAD
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